domingo, 19 de noviembre de 2017

¿Y EL #CONTROL #ESTATAL?



Estamos acostumbrados en los Estados donde en principio deberíamos vivir en Democracia, exista una de las #funciones que se dedique al control de los recursos y gestión de lo público que ejecutan aquéllos favorecidos por el voto popular o por quienes les han delegado las funciones de administrar los recursos estatales, casi siempre dinero, ligado al tema de contratación de bienes y servicios según las competencias y dentro del marco legal vigente.

Ecuador no está lejos de esa realidad, y tenemos una #función específica en principio sólo para cumplir el control vertical del Estado, existiendo igualmente la posibilidad como es hasta ahora, que la ciudadanía también haga este control de manera horizontal.

Pero hay otro requisito que se vuelve indispensable para quienes están en el control, tal como se lo ve desde la ciudadanía, que su designación se da a partir de intereses creados, esto es, respondan a quienes se encuentran al frente del poder político y grupos económicos que los auspiciaron, lo que implica su dependencia en la  toma de decisiones relacionadas con el control, y un ejemplo es lo que pasó en el caso del Contralor Carlos Pólit, que ahora se conoce públicamente que han existido posibles lazos de corrupción de esta alta autoridad de Control vertical en nuestro País. Y así seguiríamos con el resto de Autoridades de las otras Instituciones que integran la Función de Transparencia y Control Social en Ecuador, que buscan el cobijo de la confianza de la autoridad de turno, al frente del Ejecutivo, para estar en los puestos donde la transparencia se supone debe primar.

Pero hay otro tipo de control que debería profundizarse más, pero es una utopía todavía, y hablamos del SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE PLANIFICACIÓN PARTICIPATIVA DEL ECUADOR, cuya articulación es territorial, desde el nivel parroquial, cantonal, provincial y nacional. Donde la ciudadanía haciendo uso de los mecanismos e instancias de participación desarrollen control horizontal de lo público, y se destape, por así decirlo la #corrupción #local que es real, y no se vuelva sólo un monólogo del control vertical, contaminado con intereses de quienes ejercen poder, control, influencia, incidencia, sobre el control.

Otro de los elementos claves para un control, definitivamente desde lo horizontal, es la autonomía y el financiamiento del Estado; y esto a propósito de que habiendo delegados, no representantes, desde los diferentes sectores representativos de los territorios, de manera previa e informada, puedan ejercer la denuncia pública, las evaluaciones, las rendiciones de cuentas, monitoreo y seguimiento a la planificación participativa conforme lo establece ya la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 95 y que conste en mandato constitucional. El #Ecuador dio pasos firmes en la transformación del Estado, pero el control es parte de la #grandeuda que continúa a nivel nacional desde lo local a lo nacional, pero aunar los esfuerzos para que éste sea una realidad, y las denuncias tengan efectos inmediatos, y que debe ser acompañado con reformas legales como el alza de las penas para los delitos contra el Estado poniéndolos a nivel de un homicidio sería lo más loable, para combatirla, porque la corrupción ya no es prevención, debe abrirse frentes para identificar, denunciar y no dejar en la impunidad esta lacra social, que sigue perjudicando en miles de millones de dólares conforme los cálculos últimos realizados por algunos estamentos como Transparencia Internacional y la Comisión Nacional Anticorrupción

Presidente @Lenin Moreno cambiar al País requiere de decisiones que nadie en materia de #corrupción todavía se toma, y considerando que ya existen los mecanismos e institucionalidad para combatirla desde la ciudadanía de la mano del control vertical, y es urgente introducir reformas y cambios al marco legal como la misma Ley de la Contraloría, y establecer procedimientos oportunos y ágiles, así como recuperando el dinero mal habido producto de actos corruptos, o ejercer el derecho de repetición para aquéllos que por acción u omisión como servidores públicos de nombramiento, libre remoción o de elección popular cometan en el ejercicio de sus funciones (muerte política), o al mismo sector privado que promueva corrupción salgan de los procesos de contratación, se liquide las empresas de personas naturales o jurídicas, aparte de las acciones administrativas, civiles y penales a que hubieren lugar.

La corrupción sigue carcomiendo la confianza de la gente y es el talón de Aquiles de la democracia, si no se la combate frontalmente.

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