Con las reformas introducidas en las Constitución de la República del Ecuador
a partir de la Artículo 95, establece la obligatoriedad, dentro del PODER la
ciudadanía participe activamente del ciclo de la política pública, no como una
opción para los Gobernantes de Turno sino obligatoriamente, en todos los
niveles de gobierno, esto es en lo local hacia lo nacional o al revés. Esta
afirmación se fundamenta igualmente en el Derecho Constitucional de participar
de las personas, de manera individual y/o colectiva, bajo principios esenciales
como el de la autonomía, la solidaridad, el respeto a las diferencias, por
nombrar algunos.
Esto no ha sido casualidad, puesto que desde el año 2008, con la aprobación
de la Constitución, han existido organizaciones ciudadanas, movimientos
sociales, y los pueblos y nacionalidades indígenas que reivindicaron su derecho
a ser parte de, y no sólo mirones desde el otro lado de la acera. Y allí los
aportes son innumerables, por ejemplo, en esta nueva estructura del PODER la
ciudadanía organizadamente y garantizando en todo momento la participación
individual, puede integrar, bajo los Principios Constitucionales antes
indicados, INSTANCIAS CIUDADANAS, que en cambio desde la visión de las
AUTORIDADES por tener los recursos y a su mano su ejecución, deben motivar que
en sus respectivos territorios así suceda.
En este marco Leyes como la de Participación Ciudadana y Control Social, el
propio Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, así como el Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y la Ley
Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, dan las
pautas muy claras para hacer un buen GOBIERNO con participación de la
ciudadanía, sin necesidad de inventarse el agua tibia, y que claro deben
profundizarse en el Ecuador conforme el mandato Constitucional.
La otra realidad es que a partir del año 2010, toda la NORMATIVA SECUNDARIA
antes indicada ya estaba vigente para ser implementada en los distintos Niveles
de Gobierno. Eso implicaba que debían haber aprobado una serie de Ordenanza y
Reglamentos, así como Estatutos de las distintas Instancias y mecanismos en
función de la PLANIFICACIÓN LOCAL hacia lo Nacional (PLAN NACIONAL DEL BUEN
VIVIR), pero se han vuelto cometer los mismos errores de la partidocracia, como
el haber aprobado la mayoría de PLANES DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
sin considerar el rol protagónico de la ciudadanía, y sin los cuales desde el 1
de enero de 2012 NO SE PODÍAN APROBAR PROFORMAS PRESUPUESTARIAS, pero sorpresa,
la gran mayoría de Niveles de Gobierno no lo hicieron, y si los aprobaron los
aprobaron sólo con REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE BASE, más no con las
participación de la gente local. Por ello seguimos teniendo los mismos vicios
repetitivos de la partidocracia empezando por el CLIENTELISMO Y EL OPORTUNISMO,
y claro a esto se añade un CONDIMENTO FUNDAMENTAL la AUSENCIA TOTAL DE CONTROL
y sobretodo de SANCIÓN EJEMPLIFICADORA para todas las AUTORIDADES que no
cumplieron con los preceptos CONSTITUCIONALES Y LEGALES. Cabe resaltar que
desde el punto de vista ideológico lo que hemos tenido para que no ocurra esto
es que se RECICLARON MUCHAS AUTORIDADES de los anteriores MOVIMIENTOS Y
PARTIDOS POLÍTICOS y no se ha dejado oportunidad y espacios a nuevas figuras
políticas, porque también no se generaron ESPACIOS DE FORMACIÓN POLÍTICA que
coadyuven a estas dinámicas de CAMBIO que siguen siendo urgentes, a partir de
los procesos de elecciones seccionales que se han dado en el 2014.
Cabe resaltar que dentro de las INSTANCIAS Y PROCESOS que deben tomarse en
cuenta para hacer un buen GOBIERNO LOCAL apenas de posesionen las Autoridades,
se encuentran los siguientes:
1. Deben actualizarse obligatoriamente LOS PLANES DE DESARROLLO Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL de cada nivel de Gobierno y de forma articulada, en
principio, con el resto de Niveles de Gobierno.
2. Debe institucionalizarse mediante Ordenanzas (Municipios y Consejos
Provinciales) y Reglamentos (Parroquias Rurales) las siguientes instancias
ciudadanas en su orden:
INSTANCIAS CIUDADANAS (sólo
CIUDADANÍA)
a. Asamblea Local, que
se rige por su propio Estatuto en el marco de las funciones establecidas en la
Ley y la Constitución, para la promoción de la participación individual y
colectiva previo diagnóstico y, mapeo de actores públicos y privados. Ideal se
la constituya juntamente con la ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL, y que tenga una integración proporcional de lo URBANO
Y RURAL, de sus miembros. Una de las funciones trascendentales son el ejercicio
del Control Social y la promoción de debates permanentes del quehacer local,
incluso organizar la RENDICIÓN DE CUENTAS DE MANERA INDEPENDIENTE de las
AUTORIDADES DE ELECCIÓN POPULAR, enviar delegados según los temas para ocupar
la SILLA VACÍA.
INSTANCIAS MIXTAS (ES
IDEAL que se integre con el ESTADO CENTRAL, NIVEL DE GOBIERNO Y CIUDADANÍA)
a. Consejo de
Planificación con funciones propias establecidas en el marco legal secundario en
relación a la formulación, seguimiento y evaluación de los Planes de Desarrollo
y Ordenamiento Territorial (Integrados por Delegados del Régimen Dependiente e
incluye al Gobierno Central, Autoridades Electas y Ciudadanía)
b. Sistema de
Participación Ciudadana con funciones propias establecidas en el marco legal
secundario que aglutina a los mecanismos e instancias ciudadanas
institucionalizados en el territorio, para coordinación interinstitucional como
VEEDURÍAS CIUDADANAS, RENDICIÓN DE CUENTAS, SILLA VACÍA, y esto no implica
atentar a su autonomía administrativa y financiera, sino más bien de facilitar espacios
físicos y equipamiento para su buen funcionamiento, así como en el cumplimiento
de sus funciones respectivas, siempre con una visión integral.
¿QUÉ GARANTIZAN ESTAS INSTANCIAS DENTRO DE LOS NIVELES DE GOBIERNO?
1. La cultura y las formas de manifestarse de nuestras sociedades en el
Ecuador son diversas, y deben tener un tratamiento especial en el marco de la Planificación,
incluso para acoplar el marco legal a esas realidades. Entonces esto es parte
de y no necesariamente una tarima del PODER para vanagloriarse a sí mismo, pues
la participación ciudadana se desarrolla desde esas realidades que deben ser
tomadas en cuenta dentro de los procesos de gobernabilidad.
2. Transparencia en la gestión de lo público, desde una visión integral,
tanto en el manejo financiero como en lo administrativo, a lo que está sujeto
obligatoriamente todo gobernante y el derecho al acceso a la información pública
por parte de la ciudadanía.
3. Una participación activa, individual y colectiva, con formación permanente
(ESCUELAS POLÍTICAS), fomenta que a corto plazo la gente se interese de la COSA
PÚBLICA que es de todos y de todas, y por otro, a largo plazo, fomente nuevos liderazgos, bajo los principios
mínimos de género y generacional.
4. Los espacios de PODER no deberían estar sujetos a intereses particulares
como TRADICIONALMENTE OCURRE EN NUESTRAS DEMOCRACIAS. Las instancias y
mecanismos promueven justamente que los intereses COMUNES Y PÚBLICOS se antepongan
a los particulares, en un proceso de PLANIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN, que no
necesariamente tenga que ver con cemento, sino con el desarrollo INTEGRAL DE
LAS COMPETENCIAS de cada NIVEL DE GOBIERNO, tanto de lo rural como de lo
urbano.
5. Mejorar los ingresos y la corresponsabilidad de la ciudadanía en la
dinámica local, para su desarrollo integral en el corto y largo plazo,
generando nuevos aportes o ajustes en los porcentajes que la ciudadanía hace,
incluso con la MINGA reconocida actualmente en nuestra legislación.
6. El Estado Central y la Cooperación Internacional, aportan al desarrollo,
en la medida en que estos procesos articulados entre sí se los promueva y se
los haga sostenibles a largo plazo. No nos olvidemos que los representantes de
la DEMOCRACIA REPRESENTATIVA, son quienes siguen siendo responsables de la toma
de decisiones y de la ejecución, pero eso no significa actuar sólos, sino en
función de lo anotado anteriormente.
7. La flexibilidad de los procesos participativos es en función de las
instancias y mecanismos establecidos en la Constitución y la Ley, y se respete
estos espacios de PODER de la ciudadanía en el marco de la DEMOCRACIA PARTICITATIVA,
inclusive en la posibilidad de que se pueda actuar directamente a través de los
derechos establecidos en la DEMOCRACIA DIRECTA como por ejemplo la REVOCATORIA
DEL MANDATO por el incumplimiento del PLAN DE TRABAJO de los candidatos y
candidatas cuando anteponen sus intereses particulares, bajo un proceso de
control social o de control formal del Estado.
8. LA CULTURA DE PAZ, de fomentar transformaciones sociales y combatir
lacras sociales como la desigualdad y la pobreza, por la falta de acceso a
oportunidades, son en esencia parte de la implementación de estos procesos
ciudadanos, porque buscan que la organización tradicional o comunitaria
(DEMOCRACIA COMUNITARIA) no se vuelva clientelar, sino profundicen sus procesos
y busquen de manera conjunta soluciones a sus problemas desde sus realidades y
el ESTADO invierta para que esas dinámicas sean más solidarias entre sí, como
ha sido tradición en nuestro PUEBLOS Y NACIONALIDADES.
Más información comuníquese al correo drdarwinpantoja@yahoo.es
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